El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 116 “Código de Trabajo”, de 20 de diciembre de 2013, este viernes 3 de abril recesarán las actividades laborales en todo el territorio nacional.
La medida, de carácter general, establece el cese temporal de las labores con el objetivo de garantizar lo estipulado en el referido cuerpo legal, que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores en el país.
No obstante, quedan exceptuadas de dicho receso aquellas actividades consideradas indispensables para la economía y los servicios esenciales a la población. Entre estas se incluyen las relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agrícolares de carácter urgente; las industrias de procesos de producción continua; las labores inaplazables de carga y descarga; los servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable; los servicios hospitalarios y asistenciales; farmacias; expendios de combustible; funerarias; jardines vinculados con estas y cementerios; servicios de hospedaje; centros turísticos; comunicaciones; transmisiones de radio y televisión; servicios públicos básicos; actividades de pesca; y otras que sean autorizadas expresamente por la ley.
En cuanto al tratamiento salarial para los trabajadores que deberán laborar en esa fecha, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social precisó que se aplicará lo estipulado en la Resolución 9, de fecha 18 de abril de 2025, documento que regula las condiciones y compensaciones económicas en jornadas de receso obligatorio.
La disposición ministerial ratifica el compromiso del Estado cubano de armonizar el derecho al descanso de los trabajadores con la continuidad de los procesos productivos y servicios considerados estratégicos o de inaplazable atención a la ciudadanía.
Se exhorta a las entidades y organismos a adoptar las medidas organizativas pertinentes para asegurar el cumplimiento de lo establecido, así como a informar oportunamente a los colectivos laborales sobre las excepciones aplicables y el procedimiento salarial correspondiente.













