ONAT: ¿Desde qué cuentas se realiza el cobro automático de deudas tributarias?

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) ha establecido el cobro automático de las deudas tributarias determinadas a los contribuyentes deudores, desde sus cuentas bancarias, como parte de las acciones para fortalecer la disciplina fiscal y combatir la evasión en el país. La medida, amparada en el fundamento legal vigente, permite a la administración tributaria realizar el cobro de los adeudos de manera ágil y efectiva, sin necesidad de trámites adicionales por parte del contribuyente moroso.

Según la normativa, el cobro se realiza desde las cuentas bancarias de los contribuyentes deudores, diferenciando según el tipo de persona: para las personas jurídicas, el débito se efectúa desde la cuenta corriente; mientras que para las personas naturales, el cargo se aplica desde la cuenta bancaria fiscal. En ambos casos, el procedimiento garantiza que el Estado recupere los recursos correspondientes a las obligaciones tributarias no satisfechas en los plazos establecidos.

La ONAT advierte que, ante evasión o subdeclaración comprobada, se extiende el cobro a las cuentas bancarias personales de los contribuyentes involucrados, como parte de un endurecimiento de las medidas contra prácticas fraudulentas que afectan los ingresos del presupuesto estatal. Esta disposición busca desincentivar conductas evasoras y subdeclaraciones, que constituyen un lastre para la economía nacional y afectan la capacidad del Estado para financiar servicios públicos esenciales.

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