Cuba habilita nuevas categorías migratorias para inversores y empresarios residentes en el exterior

Los cubanos que residan legalmente en el extranjero, ya sea bajo la condición migratoria de Residente en el Exterior o de Emigrado, podrán a partir de ahora acogerse a las categorías de Inversores y de Negocios, siempre que manifiesten su interés en vincularse activamente a la actividad económico-comercial del país. Así lo confirmó Ana Teresita González Fraga, directora general de la Dirección de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior (DACCRE) del Ministerio de Relaciones Exteriores.

En declaraciones difundidas a través de su perfil oficial en la red social Facebook, la diplomática precisó que los trámites para acceder a estas nuevas figuras migratorias podrán gestionarse en las misiones diplomáticas y oficinas consulares de Cuba acreditadas en el exterior, o directamente en las dependencias de Trámites del Ministerio del Interior, una vez que los solicitantes se encuentren en territorio nacional.

Entre los requisitos exigidos para la solicitud, González Fraga destacó la presentación de una petición por escrito, la cual deberá estar respaldada por el aval de un órgano, organismo de la Administración Central del Estado o entidad cubana con la que el solicitante mantenga vínculos comerciales, empresariales o de negocios, lo que garantiza la seriedad y el respaldo institucional de la propuesta.

La funcionaria explicó, además, los plazos establecidos en el procedimiento: los consulados dispondrán de un máximo de tres días hábiles para remitir las solicitudes debidamente cumplimentadas a la Autoridad Migratoria nacional. Una vez recibidas, esta instancia tendrá un período de 30 días hábiles para emitir una resolución, y el interesado será notificado en un término de siete días hábiles contados a partir de la fecha de dicha resolución.

Un aspecto relevante de esta nueva disposición es que los ciudadanos que obtengan la condición migratoria de Inversores o de Negocios quedarán equiparados, en el ejercicio pleno de sus derechos, a los residentes permanentes en el territorio nacional durante el tiempo que permanezcan en Cuba, lo que les permitirá desenvolverse con mayor agilidad y seguridad jurídica en sus gestiones económicas.

Esta medida, respaldada por el Decreto-Ley 117/2026, abre un amplio abanico de oportunidades para la participación de los cubanos residentes en el exterior en el entramado productivo y comercial de la nación, en consonancia con los esfuerzos del Gobierno por fortalecer los vínculos con la emigración y potenciar su contribución al desarrollo económico del país.

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