En una conferencia de prensa encabezada por Lázara Mercedes López Acea, presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, autoridades de los ministerios de Salud Pública, Comercio Interior y Transporte dieron a conocer los detalles del nuevo marco regulatorio que flexibiliza la participación del sector no estatal en áreas estratégicas de la economía cubana.
Las modificaciones, contenidas en el decreto que deroga el anterior Decreto 107, establecen importantes aperturas en los sectores farmacéutico, de cuidados a adultos mayores, comercio mayorista y minorista, así como en el transporte y la gestión de terminales, manteniendo como principio rector el control estatal sobre los servicios esenciales.
Salud Pública mantiene atención médica como encargo estatal
Cristina Lara Bastanzuri, directora nacional de Medicamentos y Tecnologías Médicas del Ministerio de Salud Pública, fue enfática desde el inicio de su intervención: en el nuevo decreto que deroga el anterior Decreto 107, la atención médica sigue sin estar permitida para los actores económicos no estatales.
“La atención médica sigue siendo de encargo estatal, sigue estando la actividad médica en sus tres niveles de atención garantizada para la población cubana con los servicios hospitalarios gratuitos, como ustedes ya lo saben”, afirmó la funcionaria.
Destacó que la actividad profesional y técnica que se realiza en la atención médica y en los servicios de salud “sigue estando regulada estatalmente y liderada, por supuesto, metodológicamente por el Ministerio de Salud Pública”.
Servicios farmacéuticos: la gran novedad para Mipymes y cooperativas
Si bien la atención médica permanece como un ámbito reservado al Estado, la directora nacional señaló que “hay un grupo de actividades que sí hemos dado de alguna manera oportunidad de acompañamiento de las nuevas formas de gestión”.
Lo más novedoso en el sector salud, según explicó, es la flexibilización para la participación de actores no estatales en la gestión de los servicios farmacéuticos, dirigida fundamentalmente a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), cooperativas no agropecuarias y empresas privadas.
Estas figuras podrán, a partir de ahora, prestar servicios farmacéuticos siempre que cumplan con un estricto conjunto de requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública, que incluyen locales adecuados, personal farmacéutico calificado, habilitación por Salud Pública y medicamentos con registro sanitario.
Lara Bastanzuri enfatizó que “todo el tema de la gestión de los medicamentos es altamente regulado” y que la participación del sector no estatal “también va a ser regulada”.
La funcionaria adelantó que se establecerá un sistema de control conjunto entre el Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales y el Ministerio de Salud Pública para garantizar que las nuevas farmacias complementen a la red estatal sin distorsionar el servicio.
Residencias de cuidados para adultos mayores
El Ministerio de Salud Pública también anunció la aprobación de una nueva modalidad de atención para adultos mayores a través de la forma de gestión no estatal, denominada residencia de cuidados diurnos y residencia de cuidados permanentes, que podrán operar con una o ambas modalidades.
La información fue ofrecida por el Dr. Alberto Fernández Seco, jefe del departamento de Adulto Mayor, Asistencia Social y Salud Mental del MINSAP, quien contextualizó la medida dentro de la política que tiene Cuba para atender la dinámica demográfica, en un país que enfrenta un acelerado envejecimiento poblacional con un 26,7% de adultos mayores.
La nueva modalidad permitirá la creación de instituciones con capacidad máxima de 60 plazas, de las cuales el 10% serán reservadas para personas vulnerables. La atención médica estará garantizada por el médico de familia del área de salud correspondiente, y los cuidadores deberán recibir capacitación obligatoria.
MINCIN flexibiliza comercio mayorista y minorista
Por su parte, el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) anunció importantes modificaciones en la regulación del comercio mayorista y minorista. El viceministro primero del MINCIN, Yosvany Pupo Otero, informó que con la entrada en vigor del nuevo decreto se derogan tanto la Resolución 56 como la Resolución 18, que establecían el proceso de emisión, tramitación y control de licencias comerciales.
Entre las principales novedades, el comercio mayorista ya no está condicionado a relaciones con entidades estatales y se desarrolla “sobre la base de la voluntad de las partes”, pudiendo ser actividad principal o secundaria. Sin embargo, se mantiene la prohibición para trabajadores por cuenta propia.
El comercio minorista “lo podrán seguir haciendo todos los actores”, incluyendo trabajadores por cuenta propia, Mipymes, cooperativas no agropecuarias y productores. Pupo Otero destacó la posibilidad de utilizar la infraestructura existente del comercio estatal, en línea con las transformaciones priorizadas para las formas de gestión no estatal.
MITRANS autoriza importación de vehículos eléctricos
El Ministerio de Transporte (MITRANS) anunció flexibilizaciones en el sector, incluyendo la autorización para que personas jurídicas estatales y no estatales autorizadas puedan realizar la importación directa con carácter comercial para el ensamblaje y comercialización de vehículos eléctricos, abarcando ciclos motor, motores, motocicletas, ciclos y autos.
Danna Álvarez, directora general de la dirección de planificación, organización e información del MITRANS, precisó que esta importación deberá cumplir con dos condiciones esenciales: contar con estación de carga con fuentes renovables de energía que garantice cobertura total, y ser exonerada de impuestos como incentivo para fomentar la movilidad eléctrica.
Además, se flexibiliza la gestión de terminales de pasaje y carga, especialmente en transporte automotor y ferroviario, así como la explotación de espigones y terminales portuarias que no sean de interés nacional.













