ONAT: ¿Cómo actúa la ley para proteger a quienes emiten un reporte de operación sospechosa?

El Decreto Ley No. 317 de 2013, sobre la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas y al movimiento de capitales ilícitos, dispone que las personas naturales o jurídicas que ofrecen servicios contables por cuenta propia o mediante otras formas de gestión no estatal, en el ejercicio de su actividad y  a partir de la sospecha razonable de que se está en presencia de una posible actividad inusual y presuntamente delictiva, que guarde relación con el Lavado de Activos, sus delitos determinantes y el Financiamiento al Terrorismo están obligados a presentar al Banco Central de Cuba (BCC) el Reporte de Operación Sospechosa (ROS).