El Anteproyecto de Ley de la Vivienda, sometido desde enero a consulta popular digital, introduce cambios estructurales en la política habitacional cubana. Con un déficit superior a las 900 mil viviendas y más de un tercio del fondo habitacional en estado regular o malo, la nueva normativa —que derogaría la Ley General de 1988— busca modernizar la tenencia, ampliar derechos de propiedad y diversificar las fuentes de financiamiento.
A continuación, las preguntas y respuestas clave sobre la propuesta legislativa:
1. ¿Cuál es la novedad más significativa del anteproyecto?
La eliminación de la confiscación de viviendas por salida definitiva del país. Por primera vez, los cubanos emigrados podrán conservar, heredar y transmitir sus propiedades sin perderlas por el hecho de establecer residencia permanente en el extranjero. Esta medida, que durante décadas generó incertidumbre, equipara el trato a los emigrados con el de los residentes en la isla en materia de derechos patrimoniales.
2. ¿Qué cambios introduce en cuanto a la cantidad de viviendas que puede poseer una persona?
El anteproyecto permite a las personas naturales ser propietarias de hasta dos viviendas, sin contar la llamada “vivienda de descanso” —ubicada en zonas de playa, campo o montaña—, que podrá poseerse de manera independiente. Se amplían así las posibilidades de acumulación legal de inmuebles, hasta ahora severamente restringidas.
3. ¿Cómo se regula la transmisión de propiedades?
Se clarifican y flexibilizan las reglas para la venta, donación, permuta y herencia. Las viviendas de descanso tendrán los mismos derechos de transmisión que las residenciales, y todas podrán ser objeto de compraventa sin las trabas administrativas que hasta ahora caracterizaban el mercado inmobiliario cubano. Se reduce la discrecionalidad de los órganos locales y se establecen procedimientos más ágiles.
4. ¿Qué novedades incorpora el financiamiento para viviendas?
La ley introduce por primera vez la figura del financiamiento hipotecario, que permitirá a las familias adquirir o construir viviendas mediante créditos a largo plazo garantizados con el propio inmueble. Hasta ahora, las opciones se limitaban al ahorro personal, las remesas o la construcción progresiva. Este mecanismo se complementará con créditos bancarios tradicionales y subsidios estatales para sectores vulnerables.
5. ¿A quiénes están destinados los subsidios y beneficios especiales?
Se prioriza a damnificados por desastres naturales, familias en situación de hacinamiento, jóvenes en edad laboral, familias numerosas, adultos mayores, personas con discapacidad y víctimas de violencia doméstica. También se incluye un capítulo específico para el acceso de los jóvenes a la vivienda, reconociendo las barreras que enfrentan en el mercado inmobiliario.
6. ¿Qué cambios se proponen en el régimen de alquileres?
El anteproyecto incrementa la proporción de viviendas destinadas al arrendamiento y autoriza explícitamente el subarrendamiento. La medida busca ampliar la oferta habitacional en un contexto de escasez y ofrecer alternativas a quienes no pueden acceder a la propiedad. Se espera que esta flexibilización dinamice el mercado de alquileres formales.
7. ¿Cómo se aborda el estado técnico del fondo habitacional?
Del total de 4.1 millones de viviendas existentes, el 35 % —unos 1.4 millones— se encuentra en estado regular o malo. El anteproyecto establece que el Estado asumirá la rehabilitación estructural de edificios en alto deterioro mediante programas integrales. Asimismo, fortalece las juntas de administración en edificios multifamiliares, que podrán fijar cuotas, contratar servicios, arrendar espacios comunes y acceder a créditos bancarios para el mantenimiento.
8. ¿Qué problemas normativos pretende resolver?
El gobierno reconoce que la dispersión legislativa —con nueve decretos leyes y 127 normas aplicables— ha generado falta de control, demoras y ejecución deficiente. La nueva ley unifica el marco jurídico, simplifica trámites y reduce la burocracia, en un intento por agilizar la construcción y legalización de viviendas.
9. ¿En qué contexto se realiza la consulta popular?
En el primer semestre de 2025 apenas se construyeron 2 728 viviendas, un crecimiento del 0.1 % anual. El déficit habitacional supera las 929 mil unidades y el ritmo constructivo está muy por debajo de las necesidades del país.
10. ¿Cuál es el proceso legislativo que resta?
La consulta pública se extenderá hasta el 28 de febrero de 2026. Las opiniones pueden enviarse al correo consultaleyvivienda@oc.micons.gob.cu. Tras el procesamiento de los criterios, el Ministerio de la Construcción elaborará el texto definitivo que será presentado a la Asamblea Nacional del Poder Popular, previsiblemente antes de que concluya el año.













