Incremento parcial de pensiones entra en vigor el 1° de septiembre con pagos adelantados desde agosto

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) confirmó este miércoles la entrada en vigor el próximo 1 de septiembre del incremento parcial de pensiones para jubilados y pensionados del régimen general y regímenes especiales de seguridad social.

Los pagos adelantados comenzarán a efectuarse a partir del 20 de agosto. Este ajuste fue anunciado previamente por el primer ministro durante el último periodo de sesiones de la Asamblea Nacional.

Benito Rey González, director general de Seguridad Social del MTSS, detalló en conferencia de prensa que la Resolución 14 de 2025 que oficializa la medida se publica este miércoles en la Gaceta Oficial.

Rey González contextualizó históricamente la decisión: “Una de las primeras de estas medidas fue decretada en el año 1982, en el que se dispuso un aumento para todas las pensiones menores de ochenta pesos mensuales y así le sucedieron otros, con mayor impacto, los que se aplicaron en los años 2002, 2005, 2008, 2018 y 2019 y 2021”.

Añadió que también se realizaron incrementos específicos para las FAR, el Minint, Héroes del Trabajo, Glorias Deportivas, científicos e investigadores destacados, y combatientes. “Todas estas medidas se incluyen en los presupuestos anuales de seguridad social, aprobados previamente”.

El director atribuyó la necesidad de la medida actual al impacto del proceso inflacionario en la capacidad adquisitiva de los pensionados, “principalmente de los trabajadores que se jubilaron con las regulaciones de la Ley 24 de Seguridad Social y antes de la implementación de la Tarea Ordenamiento”.

Enfatizó que el 88% de los pensionados (1 573 320 personas) recibirá un aumento, beneficiando a pensionados por edad, invalidez o causa de muerte (viudas/viudos, huérfanos y padres con derecho).

Técnicamente, el aumento será de 1 528 pesos para pensiones por edad e invalidez que no superen los 2 472 pesos mensuales. Quienes perciban entre 2 473 y 3 999 pesos verán su pensión ajustada hasta los 4 000 pesos.

Para pensiones por causa de muerte, el incremento se calculará sobre la cuantía que recibía el causante y se distribuirá según lo establecido en la Ley No. 105 de 2008: “Esto quiere decir que las pensiones por causa de muerte se recalcularán aplicando el porcentaje legal correspondiente (70% para un beneficiario, 85% para dos, 100% para tres o más) sobre la pensión actualizada del fallecido”.

Rey González subrayó que la medida “prioriza a los pensionados de menores ingresos, financiada con recursos del presupuesto estatal” y reafirma el compromiso gubernamental con la justicia social.

Por su parte, el ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, reconoció el carácter parcial del incremento: “Este incremento tiene un alcance parcial y aún no cubre todas las demandas, pero expresa la voluntad política de priorizar este grupo pese al alto déficit fiscal”.

Explicó que la medida demanda aproximadamente 25 000 millones de pesos anuales (2 000 millones mensuales), financiados mediante un mejor desempeño presupuestario, mayores ingresos, ajustes tributarios y mayor disciplina fiscal, aunque persisten retos como la morosidad y la evasión.

Regueiro Ale señaló que estos fondos representan el 30% del déficit fiscal actual y que su sostenibilidad depende de la recuperación macroeconómica, ratificando que es “un primer paso dentro de un programa integral”.

Julio Pérez Álvarez, director de Emisión de Valores del Banco Central de Cuba, abordó los aspectos operativos, reconociendo “momentos complejos para asegurar la calidad del servicio en el sistema bancario, debido a la alta demanda”.

Garantizó la disponibilidad de efectivo a nivel provincial para los pagos, asegurando que no competirá con otras actividades como nóminas o pagos al sector campesino. Entre las medidas organizativas mencionó la extensión o adelanto de horarios, el aseguramiento de efectivo en centros laborales y el monitoreo diario de incidencias.

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