Gaceta Oficial publica normas complementarias a la Ley del Presupuesto 2025

La edición ordinaria número 8 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, publicada este jueves, incluye seis normas complementarias a la Ley 174 “Del Presupuesto del Estado para el año 2025”, informó la Agencia Cubana de Noticias.

De acuerdo a la fuente, se trata de las resoluciones 17, 18, 20, 23, 24 y 25, emitidas el 24 de enero por el ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, y que abarcan aspectos como el proceso presupuestario, los presupuestos locales, disposiciones tributarias y el financiamiento de la deuda pública.

Resolución 17/2025: Establece un tipo impositivo fijo del 2% para la liquidación adicional del Impuesto sobre Ingresos Personales mediante declaración jurada por ingresos obtenidos en 2024. Aplica a usufructuarios y propietarios de tierras agrícolas estatales, tenedores de ganado sin tierra, productores individuales de alimentos (animales, vegetales o cañeros) y otros actores del sector.

Resolución 18/2025: Ratifica un impuesto del 10% sobre las ventas, servicios, comercio minorista y prestación de servicios a la población.

Resolución 20/2025: Confirma la aplicación del Impuesto por Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales en 2025, basado en el último balance certificado por el Ministerio de la Agricultura. El tributo, dirigido a personas naturales y jurídicas con tierras improductivas, busca incentivar su uso productivo. Lo recaudado se destinará a presupuestos municipales para proyectos vinculados a la Estrategia de Desarrollo Económico local.

Resolución 23/2025: Define la metodología para gestionar ingresos y gastos del Presupuesto del Estado, incluyendo notificación, desagregación, programación y ejecución. Aplica a unidades presupuestadas, empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas, empresas mixtas, órganos de la Administración Central, consejos provinciales, asambleas municipales y otras entidades vinculadas al presupuesto.

Resolución 24/2025: Actualiza el procedimiento para operar los presupuestos locales, permitiendo a las asambleas municipales del Poder Popular utilizar hasta un 10% de la recaudación de la Contribución Territorial para Desarrollo Local, conforme al Artículo 27.1 de la Ley 174.

Resolución 25/2025: Autoriza la emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos en pesos cubanos para financiar la deuda pública de 2025.

En diciembre pasado, Regueiro Ale subrayó ante el Parlamento la necesidad de que “titulares de presupuesto, directivos, actores económicos y ciudadanos asuman con responsabilidad las obligaciones financieras y fiscales” e instó a “optimizar potencialidades y reservas para asegurar, con habilidad creativa, los programas de gastos sociales previstos en el Presupuesto”.

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