¿Cuáles son los servicios para contribuyentes que ofrece el Portal Tributario?

Se trata de 5 servicios en línea solo para contribuyentes inscritos en la ONAT. Para poder utilizarlos es obligatorio registrarse portando el Número de Identificación Tributaria (NIT), una contraseña segura, el número de 16 dígitos del código de barras del RC 05 Identificación Fiscal Única, más conocido como carnet del contribuyente; teléfono, correo electrónico y una contraseña segura.

Con esta medida de seguridad se garantiza la protección de la privacidad de la información fiscal que es un derecho del contribuyente.

Estos 5 servicios son:

El servicio del Vector Fiscal que da la posibilidad de obtener de forma inmediata el documento que los contribuyentes utilizan para pagar en el banco y que contiene todos sus pagos y obligaciones fiscales. Se le cataloga como un vector dinámico, pues cualquier cambio que se haya producido en la actividad se refleja en él automáticamente, de modo que cada vez que el contribuyente lo genera en el portal, lo recibe actualizado.

Pagos que permitea los contribuyentes personas naturales consultar en línea los pagos de tributos y otros aportes fiscales realizados que ha realizado.

El de Modificación de Cuotas posibilita conocer las modificaciones aplicadas a las cuotas mensuales establecidas para la actividad del trabajador por cuenta propia (TCP). También fue concebido para los tenedores de libros, pues  si estos han declarado en la ONAT municipal todos sus contribuyentes asociados, pueden consultar la información de los mismos.

El de Suspensiones se enfoca en dar a conocer tanto los meses suspendidos por solicitud propia del contribuyente, como las suspensiones aprobadas por los consejos de la administración del Poder Popular, que no siempre llegan a ser del conocimiento de los TCP.

El de Consulta consiste en la posibilidad de formular planteamientos desde el portal ya sean consultas, discrepancias, sugerencias, quejas o denuncias, los cuales son contestados por especialistas de la ONAT capacitados para ello.

Los tenedores de libros que hayan declarado, en la ONAT del municipio donde están inscritos, el listado de contribuyentes asociados a sus servicios, pueden cosultar el vector fiscal, los pagos, las modificaciones de cuota y las  suspensiones de estos.

Para el servicio de Consultas debe saber cómo clasificar su planteamiento antes de introducirlo: si es una consulta, discrepancia o sugerencia, queja o una denuncia. Esta clasificación se dispone en el Reglamento de Tramitación de Planteamientos de la ONAT, establecido en la Resolución No.90 de 2014 de la institución y según esta:

Una consulta es cuando cualquier persona natural o jurídica, esté inscrita o no como contribuyente, solicita información, aclaración de dudas, o confirmación sobre normas tributarias, o asuntos de trascendencia fiscal, casi siempre con el objetivo de establecer un modo de actuación posterior. Por eso aquellos usuarios que no son contribuyentes y no pueden registrarse para acceder al servicio, pueden formular sus consultas en la sección Contáctenos del  portal.

Una queja: se produce cuando el contribuyente o ciudadano se le niega o disminuye un derecho establecido en la legislación tributaria, no se le atiende, ni se le asiste inadecuadamente, es maltratado por funcionarios o trabajadores de la ONAT o de cualquier dependencia de la Administración Central del Estado, se incumple con los términos fijados en la legislación para responderle cualquier solicitud o realizar un determinado trámite correspondiente a la Administración Tributaria.

Una Denuncia: es laimputación que se recibe por cualquier vía, incluso mediante anónimos, para informar sobre violaciones de la legislación tributaria y otras ilegalidades de trascendencia fiscal, cometidas por cualquier persona natural o jurídica, esté inscrita o no como contribuyente, o por dirigentes, funcionarios o trabajadores de cualquier dependencia de la Administración Central del Estado, incluyendo a la Administración Tributaria.

Discrepancia o sugerencia: es un desacuerdo con la legislación tributaria o recomendaciones que hacen los contribuyentes u otras personas, tanto en lo referido a la política fiscal como a las normas por las cuales se rige la Administración Tributaria. Generalmente se refieren a aspectos que escapan a la competencia de la ONAT; aunque son de especial interés para la elaboración de propuestas dirigidas a las instancias y niveles correspondientes, que posibiliten la simplificación de funciones y trámites, y el perfeccionamiento de la política fiscal.

A aquellos usuarios que no son contribuyentes inscritos en la ONAT y no pueden registrarse para acceder los servicios, pueden formular sus consultas en la sección Contáctenos del  portal.

(Tomado del portal de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria)

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