Contribuyentes con vehículos o embarcaciones deben pagar impuesto antes del 30 de septiembre

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) informó que el período establecido para el pago del impuesto sobre el Transporte Terrestre y sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones se extiende desde el 6 de enero hasta el 30 de septiembre del presente año.

Este tributo aplica a la propiedad o posesión de vehículos de motor o de tracción animal utilizados para el transporte terrestre, así como a las embarcaciones marítimas, lacustres y fluviales que se encuentren matriculadas dentro del territorio nacional.

“La obligación de pago recae sobre todas las personas naturales y jurídicas –tanto cubanas como extranjeras– que sean propietarias o poseedoras de dichos medios de transporte”, destacó la fuente citada por Granma.

La entidad recaudadora destacó los beneficios asociados al cumplimiento oportuno. “Los contribuyentes que utilicen los canales electrónicos de pago obtienen un 3% de descuento”, precisó la ONAT.

Asimismo, recordó que “a quienes ejecutaron el pago antes del 28 de febrero, se les bonificó el 5%”.

La ONAT enfatizó la importancia de cumplir con este deber dentro de los plazos establecidos, subrayando que “Cumplir con las obligaciones tributarias dentro del plazo establecido es una responsabilidad y un deber cívico de los contribuyentes”.

El incumplimiento podría acarrear recargos y sanciones según la legislación tributaria vigente. Se instó a los contribuyentes a consultar los canales oficiales para verificar detalles específicos según el tipo de vehículo o embarcación.

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