La presentación de la Declaración Jurada del impuesto sobre utilidades que presentan las personas jurídicas, se hace con firma digital desde el año pasado, según lo establece la Resolución 8 del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Ordinaria No 15 del 15 febrero del 2024, que en su Resuelvo Único plantea:
“Disponer con carácter obligatorio, la presentación en formato digital de la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades, correspondiente a las personas jurídicas, de conformidad con las indicaciones que disponga la Oficina Nacional de Administración Tributaria”
La ONAT le ofrece una nueva vía para que con su firma digital, pueda presentar su declaración jurada de forma electrónica, y aquí le dejamos el link:
https://djutilidades.onat.gob.cu/
Le recordamos que, para obtener su firma digital, el representante legal de la entidad debe hacer la solicitud a cualquiera de las entidades que emiten estos Certificados electrónicos, ya sea SOFTEL, DESOFT, XETID, SEGURMÁTICA, DATYS, entre otros.
Sobre la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades:
- Debe presentarse y pagarse antes del 31 de marzo.
- Tiene que estar firmada digitalmente.
- Utilice para el llenado de su Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades este servicio web.
- Los correos electrónicos consultas los puede encontrar disponibles en el Portal, en la sección Contactos: https://www.onat.gob.cu/home/contactos
La ONAT le recuerda que el cumplimiento correcto y puntual de esta obligación, además de un deber formal, constituye un deber cívico, ya que con su pago se potencian los ingresos al presupuesto por este concepto, que como se conoce se destinan al financiamiento de los gastos públicos y del desarrollo de los territorios.
(Tomado del Portal Tributario)