Avanza en Guantánamo campaña de Declaración Jurada y pago de tributos

La campaña de Declaración Jurada y pago de tributos, así como también el pago del impuesto sobre utilidades, correspondientes al ejercicio fiscal 2025, avanzan en Guantánamo, cuyo plazo vence el 31 de marzo próximo.

Yordenia Rodríguez Mengana, especialista de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en el territorio, informó que desde el inicio del proceso, el 5 de enero pasado, 422 entidades estatales cumplieron con su declaración, lo cual representa el 53 por ciento (%) de las 788 previstas.

Explicó que la liquidación de este tributo incluye a las Cooperativas de Producción Agropecuaria, de Créditos y Servicios, y las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, las cooperativas no agropecuarias, las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y los proyectos de desarrollo local.

De los trabajadores por cuenta propia, comunicadores sociales, diseñadores, artistas y periodistas, obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos Personales, solo 3 897 de los más de 10 mil contribuyentes realizaron el pago, proceso que se extenderá hasta el 30 de abril, precisó la especialista.

En el sector agropecuario, más de 3 310 usufructuarios de tierras agrícolas, propietarios, tenedores de ganado sin tierra y productores individuales de alimentos cumplieron con el deber fiscal, cifra que corresponde a los 9 153 contribuyentes que deben declarar.

Rodríguez Mengana destacó que el municipio de Caimanera lidera en el pago de ingresos personales, mientras que El Salvador concluyó la totalidad de las declaraciones en el sector agropecuario, ambos territorios alcanzaron el ciento por ciento de cumplimiento, mientras Baracoa muestra resultados desfavorables en ambos indicadores.

La especialista instó a agilizar la declaración y el pago en el caso de las Mipymes, puesto que de las 392 obligadas, apenas 96 cumplieron con el requisito.

Recordó que la presentación de la declaración jurada es un deber formal ineludible, incluso para quienes no obtuvieron ingresos, ya que forman parte del Presupuesto del Estado y revierten en beneficio de la sociedad.

Advirtió que quienes incumplan los plazos establecidos serán considerados omisos, y estarán sujetos a multas fiscales y otros recargos, conforme a lo estipulado en la Ley No. 113 del Sistema Tributario.

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