A cuatro años de puesto en vigor el actual sistema de precios de la construcción, persisten inquietudes, violaciones e incrementos del cálculo de los presupuestos, elementos que fundamentan su actualización.
El cálculo del precio de los servicios de construcción ha transitado por varias etapas, en 1998 se aprueba el Sistema de Precios de la Construcción (PRECONS I), derogado en el año 2025 por el PRECONS II, que se mantuvo vigente hasta el 2021, y como parte del ordenamiento monetario, se establecieron las Resoluciones 104 del MFP y 38 del MICONS, ambas de 2021.
La referida Resolución 104 de 2021, define que las formas de gestión no estatal toman como referencia el Sistema de Precios de la Construcción y Montaje aprobado y acuerdan los precios con sus clientes estatales, por lo que no exige la aplicación de los límites de precios previstos, entre otros para la mano de obra contratada.
Como parte de la implementación del programa de Gobierno para corregir distorsiones y reimpulsar la economía, se han dispuesto regulaciones para acotar la ganancia en la compra de bienes y servicios del sector presupuestado al sector privado, y en correspondencia además con la evolución de la economía y la política de precios aprobada, con una participación más amplia de las formas de gestión no estatal y la aprobación de nuevas normas jurídicas, se aprueba la actualización del sistema de precios de la construcción, en los componentes fundamentales de mano de obra, materiales y uso de equipos.
En este sentido la Gaceta Oficial No. 45, de 12 de mayo de 2025, publica la Resolución No. 153, del 7 de mayo de 2025, del Ministro de Finanzas y Precios, y la Resolución No. 173, del 7 de mayo de 2025, del Ministro de la Construcción que establece las reglas para el cálculo del precio de los servicios de construcción y montaje para inversiones, reparaciones capitales y mantenimientos constructivos, con criterios de máximos.
El PRECONS III, es una herramienta clave para combatir la inflación en los servicios de construcción, promoviendo un entorno más favorable para el desarrollo de los proyectos.
Se reconoce la importancia de esta actualización, al poner en igualdad de condiciones a todos los actores estatales y no estatales que participan en procesos de construcción y mantenimiento en una relación con una entidad estatal que dispone de un presupuesto aprobado, elimina exoneraciones aprobadas hasta la fecha; tributa a la reducción de gastos de los presupuestos de inversiones y mantenimientos constructivos en el sector presupuestado, y supone para la entidad estatal el enmarcamiento en su presupuesto de gastos; se acotan los límites de pago a los empleados (hasta 5 veces), lo que resuelve una gran distorsión; los inversionistas son los responsables de la elaboración del presupuesto de la obra y los estudios de factibilidad para la determinación de los precios, entro otros aspectos.
En el proceso de actualización del PRECONS III se realizaron 29 encuentros en todo el país, con los principales inversionistas, constructores estatales y formas de gestión no estatal que desarrollan actividades de construcción y mantenimiento. Entra en vigor a partir de los 60 días naturales siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
(Tomado del Ministerio de Finanzas y Precios)