Banco Central de Cuba simplifica trámites para constitución de MiPymes y cooperativas

El Banco Central de Cuba (BCC) informó este miércoles sobre la entrada en vigor de la Resolución 98/2026, disposición normativa que establece un nuevo procedimiento para las aportaciones dinerarias en la constitución de micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), empresas privadas con más de cien trabajadores y cooperativas no agropecuarias (CNA).

La nueva norma, publicada en el número 71 de la Gaceta Oficial de la República, emisión Ordinaria, correspondiente al 2 de septiembre de 2026, surtirá efecto a los siete días posteriores a su publicación y deroga en su totalidad la Resolución 89 del 7 de agosto de 2024, según establece la Disposición Final Primera del texto legal.

La principal innovación de la Resolución 98/2026 radica en la simplificación y agilización del proceso de constitución de los actores económicos no estatales. Los aspirantes a socios fundadores podrán presentar el trámite a través de la plataforma digital habilitada para tal fin, eliminando la necesidad de acudir presencialmente a las sucursales bancarias para iniciar el proceso, en consonancia con el proceso de transformación digital que impulsa el sistema bancario cubano.

Una vez recibida la solicitud mediante la vía electrónica, los bancos correspondientes realizarán de oficio la apertura de la cuenta en la que los socios depositan sus aportes al capital social. Esta automatización reduce significativamente los tiempos de espera y la carga administrativa para los emprendedores, informó la entidad bancaria.

La nueva disposición introduce además una ampliación de las cuentas bancarias disponibles para las MiPymes, empresas privadas y CNA una vez constituidas. Además de la cuenta corriente, estas entidades podrán operar con cuenta de gastos, depósitos a plazo fijo que devengan intereses, cuenta de ingresos y una cuenta asociada a tarjeta magnética, esta última incorporada como novedad respecto a la normativa anterior.

La certificación de depósito del capital social se emitirá según el formato establecido en el anexo de la Resolución, y deberá presentarse ante notario público para los trámites de constitución de la entidad. Una vez constituida la persona jurídica e inscrita en el Registro Mercantil, los socios solicitarán la apertura de la cuenta corriente y transferirán los fondos, procediendo al cierre de la cuenta de depósito a la vista.

Con esta actualización normativa, el Banco Central de Cuba continúa el proceso de transformación y modernización del sistema bancario y financiero del país, con el objetivo de facilitar la creación y el funcionamiento de los actores económicos no estatales. La medida promueve la bancarización y la integración plena de estos actores en la economía formal, reduciendo barreras administrativas y fomentando la transparencia en las operaciones financieras.

La Resolución 98/2026, disponible en el sitio web de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se suma a las acciones del gobierno cubano para perfeccionar el marco normativo que regula las formas de gestión no estatal, en un contexto de actualización del modelo económico cubano.

La entrada en vigor de esta disposición, prevista para el próximo 9 de septiembre, representa un paso significativo en la digitalización de los servicios bancarios y en el respaldo a los emprendedores cubanos, que encontrarán en este nuevo procedimiento una vía más ágil y eficiente para formalizar sus proyectos productivos y de servicios.

Consulte aquí el texto de la Gaceta Oficial

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